domingo, 16 de mayo de 2010

TIPOS DE SERVIDUMBRES


Tipos de servidumbres se tipifican según su contenido especifico, en concreto según su fin económico agrario o de edificación. Se divide en:
-Servidumbres prediales rústicas, se refieren a ventajas agrarias, eran las mas importantes. P.e.: la de paso, de aguas, de llevar el ganado a pastar o a abrevar...
-Servidumbres prediales urbanas, suponen comodidades de un edificio que se imponen al vecino, entre estas las mas importantes eran la de luces, las de vertiente de aguas


Servidumbres por necesidad
La corte encontrará una "servidumbre por necesidad" cuando en dos parcelas de tierra, una servidumbre sobre una parcela de tierra es estrictamente necesaria para el uso y disfrute de la otra parcela de tierra. La creación de esta clase de servidumbre requiere que en algún momento ambas parcelas de tierra hayan estado unidas como una o hayan sido propiedad del mismo dueño. El uso anterior de la servidumbre, no se requiere. El ejemplo más común de una servidumbre por necesidad es una propiedad sin acceso a un vía pública y el acceso solo puede ser obtenido teniendo el derecho de paso sobre una parcela de tierra vecina. La teoría legal es que la parcela de tierra fue creada accidentalmente, y el propietario se olvidó de incluir una servidumbre o un método de acceso a la vía publica.
Servidumbres permisibles
Una servidumbre permisible es simplemente el permiso para utilizar la tierra de otro. Es esencialmente una licencia, que es completamente revocable en cualquier momento por el propietario. Para estar totalmente seguros de que una servidumbre permisiva no se convierta en una servidumbre por prescripción, algunos propietarios indican a través de señalamientos la concesión de la servidumbre o de la licencia permisiva. Tales señalamientos - los encontramos a menudo en los caminos privados -- típicamente establecen: "Esto es un camino privado. El uso de este camino es permisible y se puede revocar en cualquier momento por el dueño.

Servidumbres expresas
Una servidumbre expresa es creada por un acuerdo de voluntades y por escrito. Una servidumbre expresa se puede también crear cuando el dueño de cierta propiedad transmite la tierra a otra persona, pero reserva el derecho a la servidumbre. Este arreglo se conoce como "servidumbre por reserva."
Servidumbres implícitas o tácitas
Según lo mencionado anteriormente, incluso cuando ningún documento o acuerdo ha creado una servidumbre expresa, una servidumbre se puede crear ("tácitamente") por una situación o circunstancia. Para crear una servidumbre implícitamente, tres requisitos deben ser cumplidos:
La servidumbre debe ser por lo menos razonablemente necesaria para el disfrute de la propiedad original.
La tierra se debe dividir (o "separar"), ya sea que el dueño esté vendiendo una parte de la tierra y conservando la otra parte, o subdividiendo la propiedad y vendiendo pedazos a diversos propietarios
El uso por el cual la servidumbre implícita es reclamada debe de haber existido anteriormente a la división de la propiedad o de la venta.
Como se explica más detalladamente a continuación, la diferencia principal es que una servidumbre expresa es creada por un acuerdo o un documento, mientras que una servidumbre implícita se presenta con ciertas circunstancias.

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